RC 01331/22 : Titularización para las y los docentes que se desempeñan en cargos base y/o en horas cátedra en la Modalidad Formación Profesional que comprende Centros de Formación Profesional, Centros de Formación Profesional Agropecuaria, Centro Educativo Provincial Integral Modalidad Formación Profesional y anexos o cargos de Formación Profesional en Nucleamientos Educativos, Escuelas Para Adultos, Centros de Capacitación Laboral
- Neuquén 25 de Octubre de 2022
Con I Anexo
ESTABLECER la implementación en la Provincia del Neuquén del proceso de Titularización para las y los docentes que se desempeñan en cargos base y/o en horas cátedra en la Modalidad Formación Profesional que comprende Centros de Formación Profesional, Centros de Formación Profesional Agropecuaria, Centro Educativo Provincial Integral Modalidad Formación Profesional y anexos o cargos de Formación Profesional en Nucleamientos Educativos, Escuelas Para Adultos, Centros de Capacitación Laboral, en base a los considerandos establecidos en el Anexo Único de la presente norma. ESTABLECER que el personal docente con relación laboral en el marco de la Resolución Nº 0440/1995 de la Secretaría de Estado de Educación, se procederá a la regularización a partir del Ciclo Lectivo 2023. DISPONER que la Dirección Provincial de Educación Técnica, Formación Profesional y CERET realizará el relevamiento e identificación de todo el personal docente de carácter Interino, que se encuentre en la Modalidad al 31 de diciembre del año 2019. APROBAR los principios y criterios generales que se considerarán en el proceso de titularidad para la Modalidad Formación Profesional, que como Anexo Único integran la presente norma. DETERMINAR que en un plazo no mayor a treinta y cinco (35) días hábiles a partir de la firma de la presente norma, la Dirección Provincial de Educación Técnica, Formación Profesional y CERET deberá elevar a la Presidencia del Consejo Provincial de Educación los listados definitivos con la información relevada de acuerdo al artículo precedente, a efectos de realizar las acciones conducentes a garantizar la estabilidad laboral de tales docentes en la Provincia del Neuquén, por única vez, de acuerdo al Artículo 1 °dela presente norma. ESTIPULAR que la Dirección Provincial de Educación Técnica, Formación Profesional y CERET deberá notificar al personal docente relevado de acuerdo con el Inciso 1 del Anexo Único de la presente norma, debiendo el o la docente involucrado refrendar con su firma la intención de acogerse al beneficio de la titularización en el cargo base y/u horas cátedra que revista en carácter de Interino, de acuerdo con el Artículo 1 ° de la presente, siempre y cuando no incurra en incompatibilidad, en el marco del Decreto Provincial Nº 0003/1984. ESTABLECER que la notificación será realizada a través del domicilio electrónico declarado por el trabajador en el Portal Único, quien tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para responder dicha notificación refrendada con su firma y así dar continuidad al trámite administrativo correspondiente. DETERMINAR que para la convocatoria a futuros concursos de ingreso a la docencia se dispondrá de las vacantes generadas por creaciones, jubilaciones o renuncias de los últimos dos años anteriores a la convocatoria, siempre que, en estos últimos dos casos, la misma no se encuentre ocupada por un suplente al 31 de diciembre de 2019. ACORDAR que aquellas situaciones particulares que puedan surgir en el marco de este proceso y que no se encuentren contempladas en los criterios establecidos serán resueltas en forma conjunta por el Cuerpo Colegiado con el principio garantista contemplado en la resolución mencionada. DISPONER que este proceso de titularización en el marco del Acta Paritaria suscripta el día 26 de febrero de 2022 deberá ser refrendado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial.