RC 01330/22 : Titularización docente en las horas cátedra y cargos de base de las diferentes instituciones educativas de la Modalidad Artística
- Neuquén 25 de Octubre de 2022
Con I Anexo Estado de la Norma: MODIFICADA por RC 01377/22 que dice:
RECTIFICAR el Artículo 3° de la Resolución N° 1330/2022 como se indica a continuación: Donde dice: "APROBAR los principios y criterios generales que se considerarán en el proceso de titularidad para los Centros de Iniciación Artística, que integran la presente norma como Anexo Único." Debe decir: "APROBAR los principios y criterios generales que se considerarán en el proceso de titularidad para las instituciones educativas de la Modalidad Artística, que integran la presente norma como Anexo Único. La RC 00941/23 DESIGNA personal en los cargos
ESTABLECER, a partir de la firma de la presente norma, la titularidad del personal . docente en las horas cátedra y cargos de base. de -las diferentes instituciones educativas de la Modalidad Artística de la Provincia del Neuquén, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el Anexo Único de la presente Resolución. DISPONER que la Dirección General de Modalidad Artística realizará el relevamiento e identificación de todo el personal docente de carácter Interino que se encuentre en la Modalidad antes del 31 de diciembre de 2019. APROBAR los principios y criterios generales que se considerarán en el proceso de titularidad para los Centros de Iniciación Artística, que integran la presente norma como Anexo Único. DETERMINAR que, en un plazo no mayor a 35 días hábiles a partir de la firma de la presente norma, la Dirección General de Modalidad Artística deberá elevar a la Presidencia del Consejo Provincial de Educación los listados definitivos con la información relevada de acuerdo a los artículos precedentes, a efectos de realizar las acciones conducentes a garantizar la estabilidad laboral de tales docentes en la Provincia del Neuquén, por única vez, de acuerdo al Artículo 1 ° de la presente norma ESTI PULAR que la Dirección General de Modalidad Artística deberá notificar al personal docente relevado de acuerdo con el Inciso 1 del Anexo Único de la presente norma, debiendo el o la docente involucrado, refrendar con su firma, la intención de acogerse al beneficio de la titularización de horas cátedra o cargo que revista en carácter de Interino, de acuerdo al Artículo 1 ° de la presente, siempre y cuando no incurra en incompatibilidad, en el marco del Decreto Provincial Nº 0003/1984. ESTABLECER que la notificación será realizada a través del domicilio electrónico declarado por el trabajador en el Portal Único, quien tendrá un plazo de cinco (5) días para responder dicha notificación refrendada con su firma y así dar continuidad al trámite administrativo correspondiente. DETERMINAR que para la convocatoria a futuros concursos a la docencia se dispondrá de las vacantes generadas por creaciones, jubilaciones o renuncias de los últimos dos años anteriores a la convocatoria, siempre que, en estos dos últimos casos, la misma no se encuentre ocupada por un suplente al 31 de diciembre de 2019. ACORDAR que aquellas situaciones particulares que puedan surgir en el marco de este proceso y que no se encuentren contempladas en los criterios establecidos serán resueltas en forma conjunta por el Cuerpo Colegiado con el principio garantista contemplado en la presente norma. DISPONER que este proceso de titularización en el marco del Acta Paritaria suscripta el día 26 de febrero de 2022 deberá ser refrendado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial.