RC 01744/23: Carga horaria de Maestros de Enseñanza Práctica (MEP)
- Neuquén 29 de Noviembre de 2023
Estado de la Norma: DEROGADA por RC 00150/24
ESTABLECER, a partir de la firma de la presente norma, que pasan a tener una declaración jurada de Veinte (20) horas reloj semanales, sin menoscabo del valor punto que implican, los cargos que a continuación se detallan: • Maestro de Enseñanza Práctica Escuela Técnica, DCC-2, • Instructor de Enseñanza Técnica, DCE-2, • Maestro de Enseñanza Práctica Jefe de Sección, DCA-2. • Maestro de Enseñanza Práctica Jefe de Sección, DBD-7. • Jefe General de Enseñanza Práctica de 1ra., DAM-2. • Jefe General de Enseñanza Práctica de 2da., DAO-2. • Jefe General de Enseñanza Práctica de 3ra., DAP-2. • Maestro de Enseñanza Práctica, DCD-2. • Maestro Ayudante de Enseñanza Práctica, DCF-2. DETERMINAR que la distribución horaria escolar debe garantizar el desarrollo de las clases teórico-prácticas en los Talleres según la propuesta curricular y las características propias de dicho espacio de enseñanza técnica estipuladas en las Resoluciones N° 1463/2018, N° 1045/2019, N° 1673/2019, N° 0636/2020 y N° 1098/2023. DISPONER que la carga horaria de los Maestros de Enseñanza Práctica (MEP) será de 3:20 horas diarias por turno frente a estudiantes y de 40 minutos de tarea institucional, articulación del área tecnología y/o Proyecto Institucional de acuerdo a la normativa vigente, completando así las veinte (20) horas reloj semanales, a cumplir de lunes a viernes.
PROVINCIAL
NEUQUEN
CARGA HORARIA MAESTROS DE ENSEÑANZA PRACTICA HORAS DE TRABAJO CALIDAD DE LA EDUCACION