DI 00001/05 : Reglamentación de la implementación de la Jornada Institucional - Neuquén 9 de junio de 2005

Determina que la Jornada Institucional se debe realizar en la fecha prevista en el Calendario Escolar Único Regionalizado, y establece que las unidades educativas que funcionen en dos o más turnos deberán realizar al menos dos Jornadas; dispone pautas para el personal que presta servicios en dos o más establecimientos, asi como para docentes de nivel medio

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