RC 00802/24 AUTORIZAR a la Dirección General de Tesorería a realizar el traspaso de los fondos de la cuenta "Devoluciones Reclamables" N° 116/182

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Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Neuquén 12 de Julio de 2024Tema(s): Recursos en línea:
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AUTORIZAR a la Dirección General de Tesorería a realizar el traspaso de fondos de la cuenta Devoluciones Reclamables N° 116-182, a la Cuenta Corriente Devoluciones Reclamables N° 116-265 perteneciente a la Dirección Regional de Distrito Escolar IX de San Martín de los Andes, por un importe total de pesos setecientos sesenta mil con 00/100 ($760.000,00), correspondiente al concepto de haberes devengados del mes de junio del año 2024,
DETERMINAR que, por la Dirección Provincial de Sueldos y Liquidaciones, se deberá informar en el sistema RHPro.Neu los montos adelantados en concepto de anticipo liquidación manual para el recupero del mismo, mediante el código N° 1499e.
ESTABLECER que la Dirección General Contable y Presupuestaría emitirá la correspondiente Orden de Pago y la Dirección General de Tesorería transferirá hasta el importe indicado en el Artículo 1° de la presente.
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Legislación Legislación Biblioteca Pedagógica No para préstamo RC 00802/24

Normas vinculadas: Resolución N° 1398/1991 Y en la Disposición N° 0023/2019

AUTORIZAR a la Dirección General de Tesorería a realizar el traspaso de
fondos de la cuenta Devoluciones Reclamables N° 116-182, a la Cuenta
Corriente Devoluciones Reclamables N° 116-265 perteneciente a la Dirección
Regional de Distrito Escolar IX de San Martín de los Andes, por un importe total
de pesos setecientos sesenta mil con 00/100 ($760.000,00), correspondiente al
concepto de haberes devengados del mes de junio del año 2024,

DETERMINAR que, por la Dirección Provincial de Sueldos y Liquidaciones, se
deberá informar en el sistema RHPro.Neu los montos adelantados en concepto
de anticipo liquidación manual para el recupero del mismo, mediante el código
N° 1499e.

ESTABLECER que la Dirección General Contable y Presupuestaría emitirá la
correspondiente Orden de Pago y la Dirección General de Tesorería transferirá
hasta el importe indicado en el Artículo 1° de la presente.

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