RC 00012/22 AUTORIZAR, la apertura de Fondos Permanentes de Gastos para el Ejercicio 2022

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Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Neuquén 24 de Enero de 2022Tema(s): Recursos en línea:
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AUTORIZAR, a partir de la firma de la presente norma, la apertura de Fondos Permanentes de Gastos para el Ejercicio 2022 en el marco de lo establecido en el Artículo 62° de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control, Decreto Reglamentario N° 2758/1995 Y modificatorios, destinados al funcionamiento de las dependencias del Consejo Provincial de Educación y para ser aplicado a las erogaciones de acuerdo a lo establecido en los Instructivos aprobados como Anexos II y III de la ResoluciónN° 0067/2018.
DESIGNAR como responsables de los Fondos Permanentes autorizados en el Artículo 10, a las y los agentes y por los montos que se indican en el Anexo Único de la presente norma, según disponibilidad presupuestaria. ESTABLECER que las y los responsables designados deberán rendir cuenta documentada de los gastos realizados de acuerdo con los montos topes y procedimientos que fija la Ley 2141 de Administración Financiera y Control y su Decreto Reglamentario, siendo responsables en los términos de la citada normativa.
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Legislación Legislación Biblioteca Pedagógica No para préstamo RC 00012/22

Estado de la Norma: MODIFICADA
Con I Anexo
La RC 00400/22, RC 00493/22, RC 00659/22, RC 01318/22 modifican la presente

AUTORIZAR, a partir de la firma de la presente norma, la apertura de Fondos
Permanentes de Gastos para el Ejercicio 2022 en el marco de lo establecido en
el Artículo 62° de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control, Decreto
Reglamentario N° 2758/1995 Y modificatorios, destinados al funcionamiento de
las dependencias del Consejo Provincial de Educación y para ser aplicado a las
erogaciones de acuerdo a lo establecido en los Instructivos aprobados como
Anexos II y III de la ResoluciónN° 0067/2018.

DESIGNAR como responsables de los Fondos Permanentes autorizados en el
Artículo 10, a las y los agentes y por los montos que se indican en el Anexo
Único de la presente norma, según disponibilidad presupuestaria.
ESTABLECER que las y los responsables designados deberán rendir cuenta
documentada de los gastos realizados de acuerdo con los montos topes y
procedimientos que fija la Ley 2141 de Administración Financiera y Control y su
Decreto Reglamentario, siendo responsables en los términos de la citada
normativa.

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