RC 00748/21 : Cierre de horas cátedra en la E.P.E.T. Nº 12 de San Martín de los Andes por cursos sin matrícula

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Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Neuquén 20 de septiembre de 2021Tema(s): Recursos en línea:
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CERRAR, con efectividad al 1 de agosto de 2021, en la Escuela Provincial de Educación Técnica N° 12 de San Martín de los Andes, Categoría 1ra., Grupo "8", Distrito Escolar IX, sesenta y ocho (68) horas cátedra según el siguiente detalle: • Treinta y Cuatro (34) horas cátedra, DM-6, 2do. Año, 6ta División, Turno Vespertino, Ciclo Básico Técnico, Plan de Estudio N° 011 en concurrencia con el Plan de Estudio N° 233 del Nomenclador Curricular. • Treinta y Cuatro (34) horas cátedra, DAA-6, 3ro. Año, Sta División, Turno Vespertino, Ciclo Básico Técnico, Plan de Estudio Nº 011 en concurrencia con el Plan de Estudio N° 233 del Nomenclador Curricular.
DETERMINAR que el personal afectado por el cierre de los cursos y horas cátedra, será reubicado de acuerdo con la normativa vigente, Ley Nacional 14.473 y Resolución N° 0213/1991 del Consejo Provincial de Educación.
DISPONER que quedará a disposición la Dirección Provincial de Educación Técnica, Formación Profesional y CERET un remanente de sesenta y ocho (68) horas cátedra originadas por el cierre de cursos de la presente, para atender futuras demandas.
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Legislación Legislación Biblioteca Pedagógica No para préstamo RC 00748/21

Normas Vinculadas: RC 00484/14, RC 00107/16, RC 00213/91

CERRAR, con efectividad al 1 de agosto de 2021, en la Escuela Provincial de
Educación Técnica N° 12 de San Martín de los Andes, Categoría 1ra., Grupo "8",
Distrito Escolar IX, sesenta y ocho (68) horas cátedra según el siguiente detalle:
• Treinta y Cuatro (34) horas cátedra, DM-6, 2do. Año, 6ta División, Turno
Vespertino, Ciclo Básico Técnico, Plan de Estudio N° 011 en concurrencia
con el Plan de Estudio N° 233 del Nomenclador Curricular.
• Treinta y Cuatro (34) horas cátedra, DAA-6, 3ro. Año, Sta División, Turno
Vespertino, Ciclo Básico Técnico, Plan de Estudio Nº 011 en concurrencia con el Plan de Estudio N° 233 del Nomenclador Curricular.

DETERMINAR que el personal afectado por el cierre de los cursos y horas
cátedra, será reubicado de acuerdo con la normativa vigente, Ley Nacional
14.473 y Resolución N° 0213/1991 del Consejo Provincial de Educación.

DISPONER que quedará a disposición la Dirección Provincial de Educación
Técnica, Formación Profesional y CERET un remanente de sesenta y ocho (68)
horas cátedra originadas por el cierre de cursos de la presente, para atender
futuras demandas.

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