RC 00304/20 : AUTORIZAR la implementación en los procesos sumariales

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Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Neuquén 31 de Julio de 2020Tema(s): Recursos en línea:
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AUTORIZAR la implementación en los procesos sumariales y siempre que las condiciones de conectividad así lo permitan, el desarrollo de audiencias virtuales a través de una plataforma digital que garantice el registro, grabación y resguardo de lo actuado, de conformidad a las previsiones y recaudos establecidos en la Ley 3002 y su Decreto Reglamentario N° 1670/2018.
DETERMINAR que toda persona que interviniere en un proceso, procedimiento y/o trámite administrativo que a la fecha de la emisión de la presente norma no haya constituido o denunciado domicilio electrónico, será emplazada por el área que corresponda, según el estado del trámite, a hacerlo mediantemail que deberá remitir al correo electrónico que se le indique al efecto y en el plazo improrrogable de dos días. Asimismo, en dicho emplazamiento, se le hará saber que ante el incumplimiento de dicha obligación se tendrá por constituido su domicilio electrónico en la casilla MI BUZÓN de ONE LOGIN, conforme ~ución N° 0128/2016 de la Secretaría de Gestión Pública Provincial.
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Legislación Legislación Biblioteca Pedagógica No para préstamo RC 00304/20

Normas Vinculadas:LE 01284, LE 03002,DE Nº 1670/2018, RC Nº 00128/16 RC N° 01455/18, RC Nº 00263/2020

AUTORIZAR la implementación en los procesos sumariales y siempre que las
condiciones de conectividad así lo permitan, el desarrollo de audiencias virtuales
a través de una plataforma digital que garantice el registro, grabación y
resguardo de lo actuado, de conformidad a las previsiones y recaudos
establecidos en la Ley 3002 y su Decreto Reglamentario N° 1670/2018.

DETERMINAR que toda persona que interviniere en un proceso, procedimiento
y/o trámite administrativo que a la fecha de la emisión de la presente norma no
haya constituido o denunciado domicilio electrónico, será emplazada por el área
que corresponda, según el estado del trámite, a hacerlo mediantemail que
deberá remitir al correo electrónico que se le indique al efecto y en el plazo
improrrogable de dos días. Asimismo, en dicho emplazamiento, se le hará saber
que ante el incumplimiento de dicha obligación se tendrá por constituido su
domicilio electrónico en la casilla MI BUZÓN de ONE LOGIN, conforme
~ución N° 0128/2016 de la Secretaría de Gestión Pública Provincial.

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