RC 00632/17 : No cómputo de inasistencias para alumnos deportistas

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Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Neuquén 17 de mayo de 2017Tema(s): Recursos en línea:
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ESTABLECER que la franquicia a la que se hace mención en el Artículo 2° será por el término lectivo, mediante la correspondiente certificación trimestral y/o bimestral de acuerdo a lo que corresponda según el Nivel del mismo, pudiendo realizarse a partir de la designación del deportista en los Seleccionados Nacionales.;ESTIPULAR que para los alumnos del Nivel Primario, las clases de Educación Física que sean dictadas a contra turno, en virtud del proyecto educativo, podrán encuadrarse dentro de los alcances de la presente norma legal.
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Legislación Legislación Biblioteca Pedagógica No para préstamo RC 00632/17

La presente deroga a la RC 00965/13

Normas vinculadas: RC 00151/10

Normas Modificadas: RC 00965/13

ESTABLECER que la franquicia a la que se hace mención en el Artículo 2° será por el término lectivo, mediante la correspondiente certificación trimestral y/o bimestral de acuerdo a lo que corresponda según el Nivel del mismo, pudiendo realizarse a partir de la designación del deportista en los Seleccionados Nacionales.;ESTIPULAR que para los alumnos del Nivel Primario, las clases de Educación Física que sean dictadas a contra turno, en virtud del proyecto educativo, podrán encuadrarse dentro de los alcances de la presente norma legal.

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