RC 00632/17 : No cómputo de inasistencias para alumnos deportistas
Tipo de material: TextoDetalles de publicación: Neuquén 17 de mayo de 2017Tema(s): Recursos en línea:
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ESTABLECER que la franquicia a la que se hace mención en el Artículo 2° será por el término lectivo, mediante la correspondiente certificación trimestral y/o bimestral de acuerdo a lo que corresponda según el Nivel del mismo, pudiendo realizarse a partir de la designación del deportista en los Seleccionados Nacionales.;ESTIPULAR que para los alumnos del Nivel Primario, las clases de Educación Física que sean dictadas a contra turno, en virtud del proyecto educativo, podrán encuadrarse dentro de los alcances de la presente norma legal.
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura topográfica | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | |
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Legislación | Biblioteca Pedagógica | No para préstamo | RC 00632/17 |
La presente deroga a la RC 00965/13
Normas vinculadas: RC 00151/10
Normas Modificadas: RC 00965/13
ESTABLECER que la franquicia a la que se hace mención en el Artículo 2° será por el término lectivo, mediante la correspondiente certificación trimestral y/o bimestral de acuerdo a lo que corresponda según el Nivel del mismo, pudiendo realizarse a partir de la designación del deportista en los Seleccionados Nacionales.;ESTIPULAR que para los alumnos del Nivel Primario, las clases de Educación Física que sean dictadas a contra turno, en virtud del proyecto educativo, podrán encuadrarse dentro de los alcances de la presente norma legal.
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