RC 01466/89 : Requisitos para Escuelas Privadas

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Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Neuquén 7 de agosto de 1989Tema(s): Recursos en línea:
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DETERMINA que las Escuelas Privadas deberán reabsorber a sus alumnos repitientes, estableciendo un porcentaje de reserva de matrícula que no exceda el 20 o/o, para que dentro de ese margen puedan ingresar dichos alumnos por estricto orden de mérito. ESTABLECE que en los cursos existentes de las Escuelas Privadas y en los que queden vacantes disponibles, se deberá admitir a sus propios repitentes aunque supere el porcentaje expresado anteriormente.
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Legislación Legislación Biblioteca Pedagógica No para préstamo RC 01466/89

Normas vinculadas: CI 00104/87

DETERMINA que las Escuelas Privadas deberán reabsorber a sus alumnos repitientes, estableciendo un porcentaje de reserva de matrícula que no exceda el 20 o/o, para que dentro de ese margen puedan ingresar dichos alumnos por estricto orden de mérito. ESTABLECE que en los cursos existentes de las Escuelas Privadas y en los que queden vacantes disponibles, se deberá admitir a sus propios repitentes aunque supere el porcentaje expresado anteriormente.

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