RC 01370/11 : Establecer requisitos para el acceso a cargos y horas cátedra frente a alumnos de la población judicializada

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Tipo de material: TextoTextoDetalles de publicación: Neuquén 3 de noviembre de 2011Tema(s): Recursos en línea:
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Establece que el acceso de los docentes a los cargos del Nivel Primario y Formación Técnica y Profesional y cargos y/u horas cátedras del Nivel Medio se realizará por Listado de interinatos y suplencias que emite la Junta de Clasificación de la Rama de Adultos y Junta de Clasificación de Rama Media confeccionado específicamente para cada vacante producida. Determina que las vacantes serán publicadas en los medios oficiales según normativa vigente y que las inscripciones de los aspirantes se realizarán en la Sede que para tal fin de establezca. Nombra una Comisión Evaluadora la cual será convocada por la Dirección de la Modalidad y estará compuesta por un integrante del equipo técnico de la Modalidad, un representante del equipo directivo del Nivel específico, un docente, coordinador o Jefe de Departamento del Área y un veedor externo elegido por los trabajadores, quienes analizarán el Curriculum Vitae de los aspirantes y darán la aprobación para la toma de posesión luego de una entrevista que tendrá carácter determinante debido a la especificidad y complejidad del lugar de trabajo, pudiéndose recusar lo dictaminado solamente ante el Cuerpo Colegiado del Consejo Provincial de Educación. Las características de la entrevista se fijan en el ANEXO I de la presente Norma Legal.
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Legislación Legislación Biblioteca Pedagógica No para préstamo RC 01370/11

Con I Anexo

Normas vinculadas: DE 01425/08;LE 14473

Establece que el acceso de los docentes a los cargos del Nivel Primario y Formación Técnica y Profesional y cargos y/u horas cátedras del Nivel Medio se realizará por Listado de interinatos y suplencias que emite la Junta de Clasificación de la Rama de Adultos y Junta de Clasificación de Rama Media confeccionado específicamente para cada vacante producida. Determina que las vacantes serán publicadas en los medios oficiales según normativa vigente y que las inscripciones de los aspirantes se realizarán en la Sede que para tal fin de establezca. Nombra una Comisión Evaluadora la cual será convocada por la Dirección de la Modalidad y estará compuesta por un integrante del equipo técnico de la Modalidad, un representante del equipo directivo del Nivel específico, un docente, coordinador o Jefe de Departamento del Área y un veedor externo elegido por los trabajadores, quienes analizarán el Curriculum Vitae de los aspirantes y darán la aprobación para la toma de posesión luego de una entrevista que tendrá carácter determinante debido a la especificidad y complejidad del lugar de trabajo, pudiéndose recusar lo dictaminado solamente ante el Cuerpo Colegiado del Consejo Provincial de Educación. Las características de la entrevista se fijan en el ANEXO I de la presente Norma Legal.

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